lunes, 25 de febrero de 2008

LECTURA COMPLEMENTARIA:
EL PROBLEMA AGRARIO


Capítulo tomado de la obra
del Profesor DARIO MESA.

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En esta coyuntura de la vida nacional, ya dentro de la situación conflictiva, apareció con toda su evidencia el fenómeno que surgiera de los procesos paralelos (...): entre la tierra y el cultivador se ha introducido una espesa capa de derechos civiles, títulos y pretensiones de dominio, que los aísla y separa. Es decir, que los elementos de la producción, el trabajo, representado por el labriego y el capital representado por la tierra, están divorciados por la interferencia de los titularios, que aprovechan el beneficio de una manera indirecta y muchas veces privilegiada". El ministro concluía que este hecho había acarreado "los graves desórdenes que se están viviendo". Y en la explicación minuciosa de tal hecho dejaba entrever lo que el decreto y, naturalmente, los grupos sociales que lo sustentaban perseguían. "En primer lugar -escribía-, se destaca el hecho de la desposesión de los campesinos, que se ven obligados a trabajar en condiciones inestables, por cuenta de terceros, en calidad de arrendatarios, o, lo que es más grave, en una forma clandestina, de carácter delictuoso, que se ha llegado a crear en Colombia. en muchas regiones del país, y muy especialmente en Cundinamarca, el Tolima, Boyacá y el Magdalena, la interferencia de títulos ha formado grandes latifundios, en los que habita una masa de labriegos sujeta al despotismo de una economía mínima de producción, inmediatamente consumible, sin margen de capitalización, y que por carecer del derecho de dominio sobre la tierra que los nutre, no logran nunca conseguir un asiento para sus familias, y en lugar de ser factores de creación de riqueza, son focos de inquietud social. Si durante mucho tiempo esas masas permanecieron tranquilas, sometidas las más de las veces a regímenes ignominiosos de trabajo, condenadas a la eterna indigencia, su propio crecimiento y el despertar de la conciencia colectiva las han arrancado ahora de aquella sumisión, y les han inspirado el reclamo urgido y angustioso de la tierra. A esto contribuye en no pequeña medida la situación grave de miseria en que las ha precipitado la crisis actual, pues no debe olvidarse que su único elemento de subsistencia es el cultivo de la tierra". Y, sin duda bajo la influencia del marxismo atemperado y difuso de Jorge Eliécer Gaitán, el ministro anotó: "En mi concepto, puede localizarse la esencia del conflicto agrario en esta contraposición de los factores jurídicos en pugna con los factores económicos. Es un fenómeno que se observa en la interferencia de los títulos entre el capital y el trabajo. Y es lógico deducir, en consecuencia, que cualquier solución fundamental del problema debe referirse a la descomposición de ese conflicto de factores, inspirándose en el principio incontrastable de que los postulados jurídicos han de servir para proteger y ordenar el juego de los elementos económicos. Por lo tanto, la organización consuetudinaria del complejo jurídico-económico del país debe ser reformada de una manera que desate el funcionamiento de las fuerzas creadoras de riqueza, amoldando los mandatos del derecho en tal sentido, para que no obstruyan, sino que faciliten la resultante de progreso". Quien conozca los escritos o haya escuchado los discursos de Gaitán, sabe bien que ese párrafo fue escrito o, por lo menos, inspirado por él. Su vago marxismo se hace aquí más claro y, sin duda, acierta a dar con la raíz del problema. Debemos subrayarlo así, porque, como veremos, el planteamiento teórico del asunto no volvió a alcanzar esta precisión.

La comisión de la Cámara que estudió el proyecto del señor Chaux señaló que éste giraba sobre seis puntos centrales: a) La presunción legal, que admite por lo tanto prueba en contrario, de que son baldíos, con ciertas limitaciones, los terrenos no cultivados que existen en la República; b) el requisito del cultivo o de la explotación para evitar que las tierras de propiedad privada pasen a ser del Estado como sanción por el abandono en que las deje el dueño durante cierto tiempo; c) Se adquiere el dominio de ellas por los particulares mediante su aprovechamiento temporal y continuo con cultivos agrícolas, o trabajos industriales o pecuarios, en globos abiertos; d) La seguridad de que no son baldíos, mediante una presunción de derecho que no admite prueba en contrario, los terrenos que a la fecha de la ley se hallen poseídos regularmente y se tengan cercados y aprovechados con trabajos agrícolas, industriales o pecuarios, más una porción inculta que no sea mayor de la cultivada ni pase de mil hectáreas; con ello no se quiere decir que el terreno sea A o B, sino que no es del Estado; e) La prohibición de adquirir (no de poseer), en lo sucesivo, a título singular, más de dos mil hectáreas, y limitaciones consecuentes en la trasmisión por herencia; f) La garantía para el colono de que, al ser despojado, se le pagarán sus mejoras, estimadas con avalúo racional y comprensivo del trabajo humano invertido, gastos de adaptación del terreno para su aprovechamiento, del precio comercial de aquellas, de la cosecha por coger, del mayor valor de la tierra debido a su esfuerzo, y todo sin perjuicio de las expensas útiles y necesarias, garantizándole la retención mientras no se le paguen.

Las Comisiones Parlamentarias modificaron el proyecto, que, de modificación en modificación, diríamos mejor: de movimiento en movimiento de las distintas fuerzas sociales que lo debatían, fue convirtiéndose en una proposición menos avanzada que la originalmente concebida.

Fue así, modificado, mejor es quizás decir: controlado, como halló el proyecto de Olaya el Presidente López. El 22 de julio de 1935, los ministros de Gobierno y de Industrias y Trabajo, Darío Echandía y Benito Hernández Bustos, presentaron un nuevo proyecto que tomaba en consideración los "estudios de gran valor científico realizados por la Comisión que funcionó en el Ministerio de Industrias en el año de 1933". La nueva Junta estaba diferentemente compuesta: los nombrados ministros de gobierno y de Industrias y Trabajo, además de los magistrados de la Corte Eduardo Zuleta Angel y Antonio Rocha, en compañía de los señores Alfonso López Michelsen y Guillermo Amaya Ramírez, este último en tal tiempo jefe del Departamento de Baldíos del Ministerio de Industrias.

El tono antifeudal de la nueva exposición de motivos seguía animando el proyecto, pero la posición teórica se había debilitado. Gaitán, evidentemente, no participó en la redacción del nuevo texto. "Una cuidadosa observación -se decía en él- de las regiones pobladas del país pone de relieve el hecho de que en algunas de ellas, casi en todas, las propiedades no se hallan equitativamente distribuidas, dando lugar así a la existencia del acaparamiento de la tierra por unos pocos, con la consiguiente exclusión en el beneficio de ésta del mayor número, y con el agravante también de que la legislación vigente tolera la subsistencia de grandes extensiones desaprovechadas en regiones de densa población campesina, carente de un pedazo de tierra propia en donde desarrollar su actividad natural por manera distinta del trabajo asalariado". Este era el problema, sin duda; pero el hecho conductor de la discusión fue el de la titulación de los baldíos. La exposición de motivos es alegato de abogados antes que análisis económico, político o social, como lo había sido la exposición de motivos del proyecto de Olaya. Probablemente se había avanzado ya socialmente lo necesario como para insistir más que todo en la formulación de la norma; ésta, sin embargo, había sido expresada ya teóricamente e impuesta, quizás, en el pensamiento político nacional por el proyecto de Chaux.

"El labriego desposeído de tierra y ávido de adquirirla -se dijo en la nueva exposición- realizó el esfuerzo de colonizar baldíos (...) sobre los cuales se exhibieron contra él títulos para lanzarlo, con pérdida de su trabajo, o para colocarlo de nuevo en el régimen de subordinación de que venía huyendo". Era, obviamente, "una pugna (...) y el título poseído por quienes carecían de toda vinculación con la misma tierra y aún llegaban a conocer ese título tan solo en el momento de invocarlo contra el trabajador". Determinada por esas realidades, la Corte Suprema de Justicia, sentó, en 1926, la siguiente doctrina: "Tratándose de un juicio entre la nación y un particular, en el cual se disputa la propiedad de un terreno que la nación alega pertenecerle como baldío, si el particular no demuestra el dominio, el litigio debe fallarse a favor de aquella. La aseveración que hace el Estado de ser baldío un terreno, entraña una negación indefinida, o sea la de no haber salido de su patrimonio, la cual, según los principios sobre prueba, debe destruirse con la afirmación concreta y definida de haberse adquirido el dominio por quien se pretende dueño. Aquí la nación tiene a su favor la presunción de dominio, y aún cuando intervenga como actor en el juicio, está dispensada del peso de la prueba". Esta doctrina determinó la crisis jurídica de los baldíos en Colombia, ante todo porque rectificó el concepto de que treinta años de títulos inscritos constituían plena prueba de la existencia de propiedad privada, según lo señaló la exposición de motivos. El gobierno llevó al Poder Judicial todas las reclamaciones sobre baldíos; y "algunos de esos exámenes de títulos -dicen los expositores del proyecto- y los juicios mismos que instauró la nación, pusieron de manifiesto que en muchos casos el llamado propietario, que mantenía incultas grandes extensiones y lanzaba como detentadores a los colonos, no era sino un acaparador de baldíos, pues carecía de títulos serios, o si los tenía sobre una pequeña porción, pretendía cubrir con ellas vastas zonas inmediatas mediante el sistema de cambio o modificación de los linderos". La intervención del gobierno ante el poder Judicial resultó ineficaz, sin embargo, por la lentitud de la administración de justicia, fuera de que cualquier decisión, "cuando versa sobre terrenos que se mantengan incultos a la sombra de una titulación satisfactoria", resultaba inicua. "La sentencia -continúan los expositores- que a favor del propietario inscrito se dicte en cada caso, no hará sino dar una base legítima indudable al hecho antieconómico de sustraer a todo beneficio terrenos que campesinos carentes de suelo explotable desean beneficiar, y colocará a las autoridades en la necesidad de estorbar el esfuerzo creador de riqueza, para favorecer en cambio la sustracción de importantes sectores territoriales a todo aprovechamiento". Ahora bien, como la Corte había completado su doctrina estableciendo que quien pretendiera dominio sobre un terreno había de presentar, si no todos los títulos perfectamente encadenados, al menos el título original en que constara que tal tierra había salido ya del patrimonio nacional, se produjo con ello una amenaza también a los terrenos cultivados debido, entre otras cosas, al "descuido con que en épocas anteriores se mantuvieron los archivos nacionales, o por la destrucción de ellos en nuestras guerras civiles". Resumiendo el problema antes de establecer las normas, los expositores escriben: "La necesidad, conforme a la jurisprudencia de la Corte, de exhibir el título originario para demostrar el dominio privado; la carencia de ese título en el mayor número de casos por parte de quienes se dicen propietarios, ya que el país ha vivido en el error de creer que treinta años de tradición inscrita eran suficientes para acreditar dominio territorial; la abusiva modificación de linderos realizada por propietarios de pequeñas extensiones que a través de los años ampliaron su superficie a costa de los terrenos baldíos, y en muchos casos el acaparamiento de hecho de los mismos terrenos, basado simplemente en la habilidad de quien un día resolvió otorgar un instrumento público sobre traspaso de ellos, son causas que han creado en el campo de los hechos y en el derecho una confusión, casi imposible de esclarecer, entre los baldíos y la legítima propiedad particular". el proyecto buscaba, pues, amparar "el trabajo, dando a la propiedad económicamente aprovechada la estabilidad que requiere"; proponía medidas que impidieran el acaparamiento de baldíos y fijaran un criterio que permitiera la separación de estos y la propiedad privada, todo ello basado "en la realidad y no en el abuso del derecho ni en ficciones legales". Los expositores fijaron así las aspiraciones del Proyecto:

1. Por medio de la presunción de dominio privado sobre los terrenos económicamente explotados, sustraer la riqueza agrícola del país del campo litigioso para colocarla en el de seguridad que le corresponde.

2. Extinción de la propiedad privada que no se explote comercialmente, a favor del Estado.

3. Las tierras que, teniendo más de treinta años de titulación, carecen de título originario, se dejan por diez años solamente en manos del poseedor inscrito que acredite una tradición legal por treinta años.

4. Modifica el concepto de posesión en el sentido de identificarlo con el de explotación económica del suelo, para ofrecer, por medio de las acciones de lanzamiento y posesorias, una amplia protección al trabajo, eliminando los conflictos entre éste y omisiones abusivas realizadas al amparo de ficciones legales, y coloca en manos de jueces especiales la solución de las cuestiones de hecho para que sean falladas a base de un exacto conocimiento de la situación real.

En las discusiones parlamentarias sobre el proyecto y sus previsibles modificaciones por los comisionados de ambas cámaras del Congreso aparecieron netamente las diversas posiciones de las clases que componían entonces la sociedad colombiana. Hasta apareció, en esos debates, la sugestión de que el proyecto del Gobierno, de aprobarse, llevaría a una producción agrícola excedente. Por supuesto, tal argumento quedaba enterrado en las estadísticas: $5.728.204 imputados, en 1935, en artículos que iban, en la lista, desde ajos y cebollas, frisoles y papas, hasta lúpulo y tabaco en rama. "Yo podría asegurar en absoluto -respondía el representante Alejandro López al representante Ricardo Sarmiento Alarcón- que aquí no habrá de presentarse la superproducción. Debe tenerse en cuenta que es infalible el principio de que la tierra que da el producto también da el consumidor, porque el individuo que consigue una tierra y entra a hacerla producir, consume, naturalmente, mucho más que antes de tener esa tierra. Acomodando mejor la producción se aumenta el poder de compra, y entonces no solamente habrá consumo para nuestros productos sino también para triplicar las importaciones en otros renglones, porque a medida que crece y se acomoda la población, se aumentan las importaciones". Y, con su lucidez casi habitual, Alejandro López, en el mismo debate, apreciaba el factor nuevo de las carreteras como determinante de un nuevo ascenso del campo: "Había -dijo- más peligro de superproducción hace veinte años que ahora, porque a tiempo que entonces en Nariño no sabían qué hacer con el arroz ni en Boyacá con el trigo y las papas, en otras partes, situadas a distancias relativamente cortas, estaban pagando esos mismos productos a precios altísimos. Con ese pequeño ómnibus que aquí vemos (...) se ha alejado totalmente el peligro de la superproducción, porque gracias a él se esparcen los productos por todas partes, creándose la uniformidad de los precios, bien inestimable para la República". Ese bien inestimable no parece haber sido cabalmente comprendido por la mayoría de los oyentes, súbditos de país semipastoril y de indigente cultura económica y política; pero el Dr. López, que venía de Londres y sabía lo que era necesario hacer en aquel tiempo en Colombia, entendía claramente que ese bien inestimable de que hablaba y esa "uniformidad de los precios" equivalían nada menos que a la creación de un mercado nacional. Las estadísticas de entonces eran más insuficientes que las de hoy y esta razón nos impide precisar ciertos fenómenos concomitantes del ómnibus de que hablaba el representante Alejandro López. Fenómenos como el del cambio de la fuerza de tracción, por ejemplo. Pero si no nos es posible aprehender la magnitud del fenómeno en sus planos cuantitativo y cualitativo, casi todo colombiano puede citar datos empíricos acerca del retroceso del caballo, pongamos por caso, frente al motor. La mecanización de la agricultura era mínima, mas en el transporte se avanzaba a ritmo considerable, sobre todo en los departamentos más desarrollados. Por esta época, Antioquia, Caldas, Valle, Cundinamarca se hallaban cruzados por carreteras intermunicipales; y ello disminuía el papel de la fuerza de tracción animal.

Otro fenómeno de difícil medición cuantitativa para el tiempo es el del cambio de la alimentación bajo el impulso del crecimiento económico. Alimentos energéticos? Proteínicos? No sabemos exactamente qué predominaba en los núcleos técnicamente más avanzados de la población; y como la literatura costumbrista llegó en esos días hasta desaparecer, ni siquiera disponemos de esa fuente. Sin embargo, en novelas como "El pantano" o "Casa de Vecindad" de J.A. Osorio Lizarazo podríamos hallar ciertas indicaciones de las tendencias alimentarias de la población urbana en aquel período de desenvolvimiento inicial de la industria. Considerando el problema también por analogía -analogía con lo sucedido en Inglaterra, Francia, Alemania y Estados Unidos en etapas semejantes-, es probable que los alimentos proteínicos superaran a los energéticos a medida que la industria se desenvolvía y las concentraciones urbanas en algunos sitios -Medellín, entre ellos- lograban mejores ingresos por una mayor productividad del trabajo paralela a la lucha sindical.

Estas alteraciones en las tendencias alimentarias determinaron algún cambio en la agricultura? He aquí un problema que no hemos logrado precisar cuantitativamente por la carencia de fuentes nacionales; pero, razonando también por analogía, debió de operarse en algunas áreas, Antioquia, Valle, Caldas, Cundinamarca, digamos, cierto estímulo a la producción agrícola por la demanda creciente de leche, carne, huevos, verduras de primera clase, etc.

Sea como fuere, todo esto sin duda lo tenía en mente el doctor Alejandro López cuando hablaba en el debate acerca del problema. No es presumible que muchos entendieran la complejidad económica, técnica y social de su razonamiento; pero en los Anales del Congreso está el testimonio de que un buen grupo de congresistas entendía la urdimbre política del proyecto discutido. En ello no se dejaban engañar, ni siquiera por trucos filológicos. El representante Diego Mejía, por ejemplo, en una de las sesiones puso de presente cómo el Ministro de Agricultura, Francisco Rodríguez Moya, torpedeaba el alcance del proyecto al defender ciertos términos de su redacción "(...) Cambiar -decía- la palabra necesario por la palabra adecuado significaba cambiar el espíritu de la ley, la intención del legislador, que es la de procurar que los terrenos particulares sean explotados económicamente, porque el cambio de la palabra necesario por la palabra adecuado significa que los terrenos que no se exploten dentro de un gran fondo, pueden mantenerse eternamente en poder de su poseedor por el hecho de que son adecuados para una explotación económica, pues mientras más grande es una propiedad, más adecuada es para la explotación económica, porque una pequeña no puede recibir la maquinaria que es posible establecer en una propiedad grande (...). el señor Ministro de Agricultura y Comercio está a la derecha, sosteniendo la tesis de los latifundistas (...) -Hay que ver qué norma se le da a un juez -replicó el ministro- para aplicar el término necesario o el término adecuado. No es ésta una cuestión de fondo, sino un esfuerzo de ingenio de su Señoría para complicar a un Ministro (...) -No hay tal -contestó Mejía- (...). Hay tesis conocidas de muchos representantes, según las cuales en la opinión de su Señoría esta ley va a ser un taco de dinamita en la República. Y naturalmente la mejor manera para su Señoría de salir del apuro y presentarse en la misma línea del gobierno, atacando al mismo tiempo el proyecto, es hacer aparecer una cuestión de fondo como cuestión filológica". En realidad, detrás de esta querella aparentemente gramatical se debatían las dos tendencias del desarrollo capitalista de la agricultura: la que pugnaba por mantener relativamente intactos los latifundios a la espera de que entraran poco a poco en los marcos del capitalismo mediante algunos estímulos se hallaba en contra, por supuesto, de la que buscaba destrozarlos y fundar una economía agrícola de granjeros. El representante Heliodoro Angel Echeverri decía, por ejemplo (Régimen t. I, 302), en nombre de la fracción avanzada: "Qué pretendemos nosotros con esta ley, si no es acabar con los grandes latifundios de este país, si no es acabar con las extensiones incultas e inexplotadas económicamente? Si ponemos la expresión adecuada, qué hacemos? Mantener la situación actual. No es a cambiar la situación actual a lo que tanto la comisión como la Cámara se han propuesto? ¿O es a mantener la situación actual? ¿Si no tenemos el valor de las modificaciones para qué estudiamos esta ley? Es así (...) que esa expresión adecuado en el artículo y la expresión necesario, tienen una amplia, una vasta significación, una profunda diferencia que la Cámara tiene qué darse cuenta de ella y acoger como debe acoger la expresión necesaria, que es precisamente la que realiza su pensamiento a cabalidad". El grupo que buscaba mantener el latifundio llegaba, en cambio, hasta considerar que el proyecto del Gobierno era...Anarquista!.

El país se hallaba entonces socialmente dividido, pero esa división social se deformaba por la división partidista. De un lado, los partidarios del proyecto y del gobierno, encuadrados en general por el liberalismo, divididos a su vez entre quienes querían uno u otro camino del desarrollo agrario dentro del capitalismo; por otro, "todas las fuerzas de la reacción", según el lenguaje del representante Heliodoro Angel Echeverri (Régimen, t.I., 325). "Muchas personas -agregaba- no lo han estudiado siquiera (se refiere el proyecto), y sin embargo se oponen sistemáticamente a él y dicen que vamos a entorpecer el régimen jurídico del país, que vamos a acabar con la propiedad. Y digo que todas las fuerzas de la reacción se han confabulado contra este proyecto, porque no solamente son los propietarios a quienes no se les resuelven de una manera satisfactoria todos sus asuntos, ni son los señores de "El Siglo" y los conservadores todos, quienes están levantando la bandera de oposición contra el proyecto, sino que también lo hacen las entidades que se llaman sindicatos de propietarios, porque es un hecho que estos sindicatos que presentan tendencias y métodos clericales, se han enfrentado tenazmente a esta iniciativa en la cual tienen el Gobierno y el Parlamento liberal fundadas esperanzas de redención económica". Fue el mismo parlamentario quien pidió (Idem, 326 - 27) que se tomaran "las medidas necesarias a fin de que el clero se coloque en la situación que le corresponde en el país; porque si el partido liberal lo respeta, no es justo que a través de sindicatos de propietarios estén creándole problemas que en lo temporal no tienen nada que ver con la misión espiritual que a los ministros de la religión católica les está confiada. El documento que voy a leer en seguida, prueba de una manera palmaria cómo están trabajando las fuerzas de la reacción contra las ideas fundamentales del gobierno liberal. Dice así:

Arquidiócesis de Medellín -Gobierno Eclesiástico- Administración Apostólica -Reservada -Medellín Agosto 6 de 1936.

Señor Cura de...

"Después de saludar a usted atentamente, me permito hacerle la indicación siguiente: Conviene mucho animar, sobre todo a las gentes de los campos, que son propietarios en grande o en pequeño, a fin de que tomen parte, o se alisten en el Sindicato Departamental de Propietarios de Antioquia, fundado con el fin de defender el derecho de propiedad, amenazado por las doctrinas subversivas que están en boga hoy. Esta insinuación a los fieles de su Parroquia debe hacerla en particular y con discreción, sin llevar, en manera alguna, el asunto al púlpito, ni hacerlo objeto de predicación en el templo.

Dios guarde a usted.

TIBERIO

Arzobispo - Administrador Apostólico".

"Esta clase de circulares -continuaba Angel Echeverri- (...) y esta clase de armas, son las que están empleando en todo momento contra el proyecto sobre régimen de tierras, en Antioquia y en donde se quiera".

Entretanto, la Sociedad de Agricultores de Colombia entraba en la arena como una de las "fuerzas de la reacción" de que hablaba Angel Echeverri.

"La ley proyectada no es de régimen de tierras -decía la Sociedad-, como ha solido denominársele. La palabra "Régimen" denota regulación completa, y esa ley no regula íntegramente la materia del dominio de las tierras (...) Alterará, si llega a ser ley, las reglas sobre prueba del dominio y la posesión de estos predios; limitará los hechos que induzcan a posesión; hará muy difíciles, por no decir imposibles, los lanzamientos; establecerá una prescripción sin precedentes; dará derecho a una clase social de expropiar a otra. Su fin es que pasen las tierras de manos de unos a manos de otros. De las manos de quienes cuentan con medios de cultivarlas y las cultivan con algún conocimiento, a las de quienes no cuentan con esos medios y carecen de todo conocimiento" (Régimen t.II, p. 63). No se podría pedir un lenguaje más franco para expresar los intereses y las aprensiones de una clase. Por él se puede entrever el grado de acritud de la querella social y del debate político que la reflejaba.

En el Senado, las fuerzas sociales y políticas se hallaban sobre posiciones idénticas a las de la Cámara. Las dos tendencias dentro de la directriz reformista son perceptibles en los discursos, lo mismo que la tendencia del todo enemiga. El senador Francisco José Chaux mantenía su posición avanzada de 1933 contra varios de los senadores de su propio partido y, naturalmente, contra los que, de una u otra manera, expresaban abiertamente a "las fuerzas de la reacción". Una ley que era apenas zurcido de disposiciones extranjeras? No, replicaba Chaux. "Allí no hay nada improvisado ni nada importado. Todo allí es colombiano de nacimiento (...) La consideración seria del problema agrario se inició (...) bajo la administración del presidente Abadía Méndez, y se acentuó, como era lógico, bajo el Gobierno trascendentalmente renovador del doctor Olaya Herrera (...) Las disposiciones de esa ley son resultado, una a una, de la realidad nacional del problema; son fruto de una larga y bien controlada experiencia de varios gobiernos colombianos, en diez años de observación, del conocimiento directo y del estudio metódico de los diversos conflictos y problemas, más o menos locales o regionales, más o menos transitorios o estables, que sumados, constituyen la totalidad del problema nacional (...) para la elaboración del proyecto del gobierno apenas se habrán leído, por vía de información, legislaciones extranjeras, y podría señalar funcionarios profundamente conocedores del problema nacional, y que han colaborado ahincadamente para encontrarle las soluciones adecuadas, que saben muy poco, o no saben nada, ni de los problemas agrarios, ni de las soluciones agrarias de Rusia, de Checoeslovaquia, ni siquiera de México".

Fue en el Senado donde el senador Francisco Rodríguez Moya, el Ministro de agricultura que había tratado de limitar el alcance de la Ley con las vallas de la filología, se dio a hablar nítidamente de en quienes se perpetúa el sistema feudal que nos oprime. La cuestión agraria no reside en la tierra incultivada, sino en la cultivada. Por eso afirmo que hay necesidad de hacer de cada arrendatario un propietario, mientras no ocurra esto, el problema seguirá, pues esos hombres estarán reducidos a una vida miserable por la renta que han de pagarle al propietario; renta en dinero, en productos o en trabajo gratuito". Era -debemos anotarlo- la primera vez que se planteaba el problema de la renta de la tierra en el debate. Por supuesto, esta formulación específica del senador Molina sobre la tierra como fuente de renta recibió "la callada por respuesta", como se dice en España. Luego agregó el mismo senador: "Algunos oradores han dicho que este proyecto es liberal y no marxista; eso es evidente. El proyecto es liberal y menos que liberal, pues en otras partes el liberalismo ha ido más lejos (...) quiero tranquilizar a los elementos nerviosos del Senado, diciéndoles que a lo largo de esta iniciativa jurídica no se encuentra ningún atisbo de socialismo (...) Este proyecto no se sale en nada de lo que dispone la reforma constitucional de este año; en ella se habla de que la propiedad es una función social y de que el trabajo es una obligación también social" (el Ministro Darío Echandía había explicado, días antes, en nombre del Gobierno, que tal reforma constitucional "no es, no puede ser, ni socialista, ni comunista, sino pura, simple y rigurosamente liberal"). indicando una de las facetas político-sociales del problema, Molina señaló que el proyecto implicaba el que el liberalismo fuera al campo.

"El partido de gobierno -dijo- no ha ido al campo, por lo cual este sigue siendo la fortaleza del conservatismo; los campesinos son los que le permiten al conservatismo bloquear los avances de la nueva República". Este discurso fue uno de los últimos movimientos tácticos. la aprobación de la ley 200 sobre régimen de tierras había sido decidida, y el 19 de diciembre de 1936 salió del Congreso; el 30 fue firmada por el Presidente y sus Ministros. Apareció publicada en el número 23.388 del "Diario Oficial" el 21 de Enero de 1937; pero, en cumplimiento de su artículo final, sólo empezó a regir sesenta días después, exactamente el 7 de abril, según lo comunicó en circular el Ministerio de Agricultura a todos los Gobernadores.

C U E S T I O N A R I O
D E A U T O E V A L U A C I O N


-----Cuáles de las administraciones mencionadas han desarrollado sus programas mientras usted vive, y en qué forma han afectado su vida ?

-----A su juicio, y presentando cinco o seis razones serias, cuál es la explicación del orígen y propósitos del llamado Bogotazo ?

-----Tiene argumentos en pro o en contra de la alternación del poder solamente entre los liberales y conservadores ? Expóngalas.

-----Por qué no han tenido éxito las disidencias en los partidos tradicionales colombianos ?

-----Si usted fuera a fundar un nuevo movimiento político, cuáles serían los postulados fundamentales ?

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